- Cargando...
Protección de los derechos de los reclusos: más de $148 millones recuperados
Ver Todas Las Historias de Éxito
Defendemos los derechos de los reclusos en todo el estado de Nueva York
Las personas encarceladas tienen derecho a condiciones seguras y humanas, y los centros penitenciarios están legalmente obligados a protegerlas de castigos crueles e inusuales. Nadie renuncia a esa protección al ingresar en una cárcel o prisión.

Nuestros abogados especializados en derechos de los reclusos han representado a clientes que sufrieron agresiones sexuales, denegación de medicamentos o insulina, y ataques por parte de otros internos. El bufete Jacob D. Fuchsberg Law Firm ha representado a clientes encarcelados en las cárceles de la ciudad de Nueva York y en centros penitenciarios de todo el país durante más de 30 años, incluyendo, entre otros:
- Centro Correccional de Manhattan (MCC)
- Rikers Island
- Centro Correccional Clinton
- Centro Correccional Fishkill
- FCI Dublin
- FCI Tallahassee
Nuestros abogados de derechos civiles atienden a clientes en estos centros y más allá, manejando casos que involucran mala conducta policial, uso excesivo de la fuerza y abuso institucional.
Si usted o un ser querido sufrió una lesión en prisión, experimentó un empeoramiento de sus síntomas debido a la denegación de atención médica, o perdió a un ser querido por causas distintas a las naturales mientras estaba encarcelado, comuníquese con un abogado de derechos de los reclusos en Nueva York en el Jacob D. Fuchsberg Law Firm. Podemos ayudarle a exigir responsabilidades a la institución y a los responsables.
Tipos comunes de abuso y negligencia que sufren los reclusos en la cárcel

El abuso y la negligencia en las cárceles y prisiones de Nueva York adoptan diversas formas, e identificar lo que le sucedió es el primer paso para exigir responsabilidades a las partes culpables.
Negligencia médica
El personal penitenciario puede causar daños catastróficos mediante una atención médica negligente, incluyendo la falta de un diagnóstico adecuado de una enfermedad o la falta de proporcionar el tratamiento que requiere la condición de un recluso. Cuando el personal correccional ignora una necesidad médica conocida, el retraso resultante puede convertir una afección tratable en una amenaza para la vida.
Abuso físico que resulta en lesiones
El uso excesivo de la fuerza, las agresiones entre reclusos y otras formas de violencia física pueden causar lesiones graves tras las rejas. El personal correccional tiene el deber de intervenir y proteger a los reclusos de la violencia previsible, ya sea que la amenaza provenga de los oficiales o de otras personas encarceladas.
Abuso sexual
El abuso sexual, la violación y cualquier forma de contacto o penetración forzada entre el personal del centro y un recluso es ilegal y constituye un delito penal. Los reclusos de Nueva York tienen derecho a estar libres de contacto sexual con el personal penitenciario independientemente del consentimiento declarado, ya que el poder que un guardia ejerce sobre una persona encarcelada hace que el consentimiento genuino sea imposible ante la ley.
Los reclusos pueden experimentar otras formas de abuso que constituyen una violación de los derechos civiles, tales como:
- Falta de atención a la salud mental;
- Acoso dirigido por motivos de orientación sexual, raza, religión, género o nacionalidad;
- Lesiones derivadas del hacinamiento en prisión o de condiciones inseguras en las instalaciones.
En los casos más graves, este abuso y negligencia pueden derivar en muerte por negligencia en prisión. Esto ocurre cuando una persona encarcelada fallece debido a negligencia, abuso o falta de atención adecuada por parte del personal del centro. Las demandas por muerte por negligencia pueden surgir de una condición médica no tratada, un suicidio relacionado con un tratamiento de salud mental inadecuado o una agresión fatal que una supervisión adecuada podría haber evitado.
El estado puede ser responsable de su reclamo por lesiones o muerte por negligencia en prisión si podemos demostrar que usted o su ser querido sufrieron una lesión grave o fallecieron como resultado de la negligencia del centro. Nuestro equipo legal puede ayudarle a reunir pruebas y presentar una demanda. Hable hoy mismo con un abogado especializado en derechos de los reclusos para analizar su caso.
#cta_start
Llámenos y luche hoy mismo
Si sus derechos fueron vulnerados mientras estaba encarcelado, nuestros abogados en Nueva York están listos para exigir responsabilidades a los culpables.
Obtenga una evaluación gratuita de su caso
#cta_end
Qué debe hacer si sus derechos son vulnerados bajo custodia
La Constitución de los Estados Unidos protege sus derechos civiles frente a las violaciones por parte del sistema de justicia penal, incluso mientras está encarcelado.
Si cree que sus derechos constitucionales han sido vulnerados, seguir algunos pasos iniciales puede proteger su caso:
- Presente un informe a través del proceso de quejas de su centro y agote todos los recursos administrativos a su disposición.
- Reúna pruebas de sus lesiones o del comportamiento abusivo tan pronto como sea seguro hacerlo.
- Anote fechas, nombres y cualquier testigo siempre que pueda.
Denunciar abusos dentro del sistema penitenciario puede ser difícil debido al miedo a represalias. Un abogado especializado en abusos en prisión de Jacob D. Fuchsberg Law Firm puede ayudarle a gestionar el proceso legal y buscar medidas cautelares.
Plazos para presentar una demanda por derechos de los reclusos en Nueva York
Actuar con rapidez protege su caso. Las demandas por derechos civiles y negligencia derivadas de abusos en prisiones o cárceles están sujetas a plazos estrictos que dependen de a quién demande y del tipo de reclamación que presente:
- Demandas bajo la Sección 1983 por violaciones de sus derechos constitucionales generalmente tienen un plazo de prescripción de tres años en Nueva York bajo el 42 U.S.C. § 1983.
- Las demandas contra una agencia estatal o municipal de Nueva York pueden requerir una Notificación de Reclamación presentada dentro de los 90 días posteriores al incidente, conforme a la Ley Municipal General de Nueva York § 50-e, antes de que pueda proceder una demanda.
- Las demandas contra una instalación o funcionario federal, como FCI Dublin o FCI Tallahassee, siguen la Ley Federal de Reclamaciones por Agravios y conllevan sus propios plazos de presentación independientes.
- Las demandas por condiciones carcelarias generalmente requieren que primero agote el proceso interno de quejas de su centro, bajo la Ley de Reforma de Litigios Penitenciarios, antes de que una demanda federal pueda seguir adelante.
No cumplir con un plazo o saltarse un paso obligatorio del proceso de reclamación puede invalidar su caso por completo. Póngase en contacto con nuestra oficina lo antes posible tras el incidente para que podamos identificar todos los plazos aplicables a su caso.

Compensación disponible en casos de derechos de los reclusos
La compensación en un caso de derechos de los reclusos depende de la naturaleza del abuso o negligencia y del daño causado.
- Daños económicos cubren los gastos médicos, los costos de tratamientos futuros y otras pérdidas cuantificables relacionadas con el abuso.
- Daños compensatorios abordan el dolor, el sufrimiento y el daño psicológico causado por la violación de sus derechos.
- Daños punitivos pueden estar disponibles cuando la conducta de un funcionario o de una institución penitenciaria fue especialmente imprudente o intencionada, con el fin de disuadir futuras conductas indebidas.
- Honorarios de abogados a menudo pueden recuperarse en un caso de derechos civiles exitoso bajo la ley federal, lo que puede permitirle presentar su reclamación sin tener que pagar costos por adelantado.
¿Puede obtener una indemnización si el Estado no cubre al funcionario?
Nueva York generalmente indemniza a los funcionarios de prisiones y otros empleados públicos por conductas que ocurren dentro del ámbito de sus funciones. Los empleados estatales están cubiertos por la Ley de Funcionarios Públicos de Nueva York § 17. Los empleados de la ciudad de Nueva York están cubiertos por un estatuto independiente, la Ley Municipal General § 50-k, razón por la cual la mayoría de los acuerdos y sentencias en estos casos son pagados por el estado o la ciudad.
Esa protección puede desaparecer cuando un agente actúa con mala conducta intencional o fuera del ámbito de sus funciones, ya que ambos estatutos excluyen de la cobertura las irregularidades deliberadas y la negligencia temeraria.
Cuando eso sucede, es posible que aún pueda obtener una indemnización a través de los bienes personales del agente, aunque el resultado depende en gran medida de lo que el agente realmente posea para cobrar. Utilizamos nuestros conocimientos y habilidades avanzados para evaluar todas las fuentes de recuperación disponibles en su caso, de modo que una brecha en la cobertura institucional no tenga que significar el fin de su reclamación.
Cómo nuestros abogados de Nueva York especializados en abusos en prisiones construyen su caso
Nuestros dedicados abogados comprenden que este puede ser un momento emocionalmente agotador para usted y su familia. Estamos aquí para apoyarle y ayudarle a buscar justicia contra las instituciones responsables del abuso que sufrió. El encarcelamiento nunca debería ser un obstáculo para la representación legal que usted merece.
Para responsabilizar al estado en su caso de abuso en prisión, nuestros abogados trabajan para:
- Demostrar negligencia o indiferencia deliberada por parte del personal o de los funcionarios de la prisión;
- Documentar lo que se le negó o ignoró, como la negativa a proporcionar la medicación necesaria;
- Demostrar que se ignoró un riesgo previsible, como no haberle separado de otro recluso conocido por ser violento.
Cuando las pruebas respaldan estos elementos, buscamos una compensación total en su nombre y hacemos que las personas que le hicieron daño rindan cuentas.


.webp)




























.webp)
.avif)


