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Equipo de Abogados de Confianza en Discriminación Laboral en NYC

Todos los empleadores tienen ciertas obligaciones para con sus empleados. Deben garantizar que sus lugares de trabajo estén libres de cualquier forma de discriminación. Si ha sufrido un trato injusto por parte de un empleador, podría tener una reclamación por discriminación laboral.
Los abogados laboralistas de la ciudad de Nueva York de The Jacob D. Fuchsberg Law Firm tienen experiencia en determinar si ha habido conducta ilícita y en proteger a los empleados. Nuestra oficina principal está en el corazón de Manhattan, pero hemos representado a clientes en todo el Bronx, Brooklyn, Queens y Staten Island en el estado de Nueva York, así como en Nueva Jersey.
Conozca a nuestros abogados
¿Qué es la discriminación laboral?
La Constitución de EE. UU. y las leyes de derechos humanos del estado de Nueva York protegen a las personas de la discriminación basada en su identidad. Es ilegal discriminar a una persona por su sexo, edad, religión, discapacidad, raza, etnia, origen nacional u orientación sexual. Los empleadores no pueden utilizar estas categorías protegidas como base para contratar, despedir, ascender o evaluar a ningún empleado.
En 2026, estas protecciones se extienden más allá de la oficina tradicional para cubrir los lugares de trabajo remotos, los trabajadores contratados y los procesos de contratación asistidos por IA.
Leyes que protegen a los empleados de la ciudad de Nueva York
Los trabajadores de la ciudad de Nueva York están cubiertos por múltiples niveles de protección legal:
- Título VII de la Ley de Derechos Civiles: Prohíbe la discriminación por motivos de raza, color, religión, sexo y origen nacional para empleadores con 15 o más empleados;
- Ley de Discriminación por Edad en el Empleo (ADEA): Protege a los trabajadores de 40 años o más de decisiones laborales basadas en la edad;
- Americans with Disabilities Act (ADA): Exige a los empleadores que proporcionen adaptaciones razonables y prohíbe la discriminación basada en el estado de discapacidad;
- Pregnancy Discrimination Act (PDA): Prohíbe el trato desfavorable basado en el embarazo, el parto o condiciones médicas relacionadas;
- Equal Pay Act: Exige igualdad salarial para hombres y mujeres que realizan un trabajo sustancialmente igual;
- Genetic Information Nondiscrimination Act (GINA): Prohíbe la discriminación basada en información genética;
- New York State Human Rights Law (NYSHRL): Cubre una amplia gama de categorías protegidas, incluyendo la identidad de género, estado familiar, estado de víctima de violencia doméstica y antecedentes penales;
- New York City Human Rights Law (NYCHRL): Una de las leyes antidiscriminación más protectoras del país, que cubre el estado de cuidador, historial crediticio, historial salarial, estado de desempleo, pruebas de marihuana previas al empleo y más.
La discriminación puede afectar cada etapa del empleo
Si cree que se han violado sus derechos, nuestros abogados laboralistas están aquí para ayudarle. Programe una consulta gratuita para hablar de su caso.
Agenda una consulta gratuitaTipos de Discriminación Laboral que Manejamos
La discriminación laboral adopta muchas formas, y no siempre es inmediatamente obvio cuándo la conducta de su empleador cruza la línea legal. Las siguientes son las formas más comunes de discriminación laboral que nuestros abogados manejan.
Discriminación por Género, Sexo e Identidad de Género
La discriminación por razón de sexo es, lamentablemente, extremadamente común. La definición legal abarca la discriminación de género y la discriminación contra individuos transgénero, no binarios o no conformes con el género. También incluye la discriminación por embarazo, la desigualdad salarial y el acoso sexual.
El fallo de la Corte Suprema de 2020 en Bostock contra el Condado de Clayton confirmó que la prohibición de discriminación por sexo del Título VII se extiende a la identidad de género. La Ley de Derechos Humanos de la Ciudad de Nueva York ofrece protecciones aún más amplias para la expresión e identidad de género. Si ha sido tratado de manera diferente en el trabajo debido a su género, incluyendo su identidad o expresión, puede tener un reclamo de discriminación válido.
Discriminación por Embarazo
En el pasado, no era raro que los empleadores utilizaran la percepción de que una mujer podría quedar embarazada como base para despedirla o no contratarla. Esto es ilegal. Si le preguntan sobre sus planes de matrimonio o de tener hijos en una entrevista de trabajo, no está obligado a responder. Si es despedido después de quedar embarazada o de tomar una baja por maternidad, puede ser víctima de discriminación por embarazo.
La ley de Nueva York también exige a los empleadores que proporcionen adaptaciones razonables para las condiciones relacionadas con el embarazo y las necesidades de lactancia. Si su empleador le ha penalizado por quedar embarazada, solicitar una licencia o regresar de la baja por maternidad, nuestro bufete puede ayudarle a exigirle responsabilidades.
La Brecha Salarial
La brecha salarial entre hombres y mujeres es una dura realidad. En promedio, las mujeres ganan 89 centavos por cada dólar que gana un hombre. A medida que los datos se desglosan por raza, las cifras se vuelven aún más preocupantes.

Es ilegal que un empleador prohíba a los empleados discutir sus salarios. La Ley de Igualdad Salarial y la NYCHRL exigen igual remuneración por un trabajo sustancialmente similar, independientemente del sexo, la raza u otras características protegidas. La Ley de Transparencia Salarial de la Ciudad de Nueva York exige a los empleadores con cuatro o más empleados que incluyan los rangos salariales en todas las ofertas de empleo. Si descubre que le están pagando menos que a sus compañeros, es posible que pueda presentar una demanda para recuperar sus salarios perdidos. Póngase en contacto con el bufete de abogados Jacob D. Fuchsberg para una consulta gratuita.
Acoso sexual
El acoso sexual es un problema grave. A través del movimiento #MeToo, cada vez más personas han alzado la voz para compartir sus historias. En un tribunal de justicia, el acoso sexual en el trabajo se divide en dos categorías.
Quid Pro Quo
El quid pro quo ocurre cuando una parte ofrece algo a cambio de otra cosa. En términos de acoso sexual, esto puede tomar varias formas, como que se le ofrezca un ascenso a cambio de favores sexuales o que se le amenace con la terminación por negarse a insinuaciones sexuales. Un solo incidente de este tipo puede constituir acoso procesable. Si ha experimentado quid pro quo en el lugar de trabajo, comuníquese de inmediato con The Jacob D. Fuchsberg Law Firm.
Ambiente de trabajo hostil
Un ambiente de trabajo hostil existe cuando una conducta generalizada o grave basada en una característica protegida hace que sea irrazonablemente difícil realizar su trabajo. Esto puede incluir tocamientos no deseados, comentarios sexualmente explícitos, chistes ofensivos o mensajes inapropiados repetidos. La conducta no tiene por qué estar dirigida a usted personalmente para contribuir a un ambiente hostil.
En uno de nuestros casos, los empleadores de nuestra clienta crearon un ambiente de trabajo hostil al excluirla deliberadamente de las reuniones, no incluirla en los correos electrónicos de trabajo, cambiar su espacio de oficina y, finalmente, rescindir su contrato de trabajo. Nuestra firma está avanzando con éxito en este caso.
Lea más sobre el caso del empleado contra MetroNorth.
Discriminación por edad
La discriminación por edad puede manifestarse en una empresa que despide a empleados cercanos a la jubilación y los reemplaza con contrataciones más jóvenes. También puede manifestarse en planes de mejora del rendimiento aplicados selectivamente al personal de mayor edad, o en un lenguaje de contratación que desanime a los solicitantes experimentados.

Discriminación por discapacidad
La Ley de Estadounidenses con Discapacidades protege a las personas con discapacidad de la discriminación en el lugar de trabajo. Si su empleador se niega a proporcionarle una adaptación razonable, puede tener la base para una demanda.
Un ejemplo de nuestro trabajo en esta área se refiere a una mujer que fue despedida por la MTA después de sufrir meses de discriminación y una grave falta de adaptación a su discapacidad, lo que provocó problemas de salud exacerbados y, finalmente, un despido improcedente de su trabajo.
Discriminación racial
Si cree que ha sido discriminado por su raza, puede tener un reclamo de derechos civiles contra su empleador. La discriminación manifiesta puede manifestarse en un empleador que se niega a contratar a personas de color o en el uso de insultos raciales en el lugar de trabajo. Una discriminación más sutil puede ser que le digan que no es "apropiado" para un puesto de atención al cliente a pesar de estar totalmente cualificado, que le pasen por alto para ascensos en favor de compañeros menos cualificados, o que le digan que su peinado es "inapropiado". Incluso en lugares de trabajo diversos, el sesgo racial puede seguir presente y ser objeto de acciones legales.
Discriminación por etnia
La discriminación por motivos de etnia puede parecerse a la discriminación racial, y estas dos formas suelen estar interconectadas. Mientras que la raza se refiere a un número determinado de categorías, la etnia es más específica y se presta a diferentes formas de estereotipos y tratos adversos.

Discriminación por nacionalidad de origen
La nacionalidad de origen se define como el país donde uno nace o de donde provienen sus antepasados. La discriminación por este motivo también puede derivarse del acento, el dialecto, las prácticas culturales o la apariencia de una persona. También puede incluir la discriminación basada en suposiciones sobre la ciudadanía o el estado de visado de una persona.
Discriminación por orientación sexual
Es ilegal que un empleador le discrimine por su orientación sexual o su orientación sexual percibida, o por su estado civil. Esto fue confirmado en la decisión del Tribunal Supremo del 15 de junio de 2020 en el caso Bostock contra el Condado de Clayton, que dictaminó que la Ley de Derechos Civiles protege a los empleados LGBTQ+ de la discriminación bajo la ley federal. Los empleados LGBTQ+ están totalmente protegidos contra la discriminación en la contratación, el ascenso, la remuneración y el despido.
Discriminación Religiosa
Los empleadores con 15 o más empleados están obligados, según el Título VII, a adaptar razonablemente las creencias o prácticas religiosas sinceras de un empleado, a menos que hacerlo suponga una carga excesiva. La discriminación religiosa puede incluir negarse a adaptar los cambios de horario para observancias religiosas, sancionar a los empleados por su vestimenta religiosa o crear un ambiente hostil basado en la fe de un empleado o la falta de ella.
Discriminación en la contratación impulsada por IA y la Ley Local 144 de NYC

Muchos empleadores de la Ciudad de Nueva York utilizan ahora herramientas automatizadas para filtrar solicitudes de empleo, clasificar candidatos y evaluar a los empleados para ascensos. Estos sistemas impulsados por IA pueden incorporar y amplificar sesgos, y la Ciudad de Nueva York fue una de las primeras jurisdicciones del país en regularlos.
La Ley Local 144 de NYC, que entró en vigor en enero de 2023 y cuya aplicación comenzó en julio de 2023, exige a los empleadores que utilizan Herramientas Automatizadas de Decisión de Empleo (AEDT) realizar auditorías anuales independientes de sesgos, hacer públicos los resultados de la auditoría y notificar a los candidatos que se utilizará una herramienta automatizada en su evaluación. Los candidatos también tienen derecho a solicitar un proceso de evaluación alternativo y no automatizado.
Si fue rechazado para un trabajo o ascenso y se utilizó una herramienta de selección automatizada, puede haber sido víctima de discriminación algorítmica. Nuestros abogados se mantienen al día sobre cómo se está desarrollando esta área del derecho en los tribunales y agencias de Nueva York.
Cómo presentar una reclamación por discriminación laboral en Nueva York
Si cree que ha sido víctima de discriminación laboral, su primer paso debería ser consultar a un abogado antes de presentar una reclamación por su cuenta. La agencia ante la que presente la reclamación, los plazos que debe cumplir y las pruebas que necesita conservar pueden afectar la solidez de su caso.
Las principales agencias que tramitan las quejas por discriminación laboral en Nueva York son:
- Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC): La agencia federal que aplica el Título VII, la ADEA, la ADA y otras leyes federales. En la mayoría de los casos, debe presentar una denuncia ante la EEOC en un plazo de 300 días a partir del acto discriminatorio antes de iniciar una demanda federal.
- División de Derechos Humanos del Estado de Nueva York (NYSDHR): Tramita reclamaciones conforme a la Ley de Derechos Humanos del Estado de Nueva York. El plazo de presentación es generalmente de un año a partir de la fecha del acto discriminatorio.
- Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de Nueva York (NYCCHR): Tramita reclamaciones conforme a la Ley de Derechos Humanos de la Ciudad de Nueva York. El plazo de presentación es generalmente de un año.
Un demandante victorioso puede tener derecho a la reincorporación, salarios atrasados con intereses, daños compensatorios, daños punitivos y honorarios de abogado.






















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