Civil Rights

Elección del lugar en casos de derechos civiles

April 28, 2021
sede de la sala del tribunal

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Los reclusos, especialmente los encarcelados en la Oficina Federal de Prisiones de los Estados Unidos, suelen ser trasladados en múltiples ocasiones a centros en varias partes del país, a menudo fuera del distrito de origen del preso. Cuando un el preso ha sido maltratado, lo que puede incluir sufrir lesiones por una atención médica deficiente o por la violación de los derechos constitucionales, se plantea la cuestión de dónde puede un preso solicitar un recurso legal por las lesiones que ha sufrido. Una vez satisfechos los procedimientos administrativos de notificación o reclamación, que pueden variar según si el centro correccional en cuestión es federal, estatal o municipal, el posible demandante debe decidir entonces por dónde iniciar la acción legal; es decir, qué vía elegir.

Según la Ley Federal de Reclamaciones por Agravios, la competencia recae en el distrito judicial donde reside el demandante o donde ocurrió el acto u omisión denunciado (28 U.S.C. 1402 (b)). La investigación no termina ahí, ya que 28 U.S.C. 1404 (a) establece que «por conveniencia de las partes y los testigos, en interés de la justicia, un tribunal de distrito puede transferir cualquier acción civil a cualquier otro distrito o división en el que se pueda haber iniciado...» Al determinar si se cambia de sede, los tribunales examinan que incluyen: (1) la conveniencia de los testigos, (2) la disponibilidad del proceso para obligar a los testigos reacios a comparecer, (3) la ubicación de los hechos determinantes, (4) la ubicación de los documentos pertinentes y la relativa facilidad de acceso a las fuentes de prueba, (5) conveniencia de las partes, (6) los medios relativos de las partes y (7) la elección del foro por parte del demandante. Esta disposición de traslado ha sido ampliamente utilizada por las agencias gubernamentales defensoras para trasladar la sede de un caso desde el lugar de residencia del demandante a una jurisdicción estatal a menudo lejana, lo que ha causado importantes dificultades al demandante. Afortunadamente, una decisión reciente del Distrito Este de Nueva York en Labiner contra EE. UU., 19-CV-3159, ha inclinado la balanza a favor de que el demandante elija el lugar de su distrito de origen.

Labiner contra EE. UU., en la que Aaron Halpern, socio de nuestra firma, representó al demandante y se centró en las lesiones graves causadas por la negligencia médica por parte de varios proveedores de atención médica de la Oficina Federal de Prisiones. Aaron se opuso con éxito a la moción del Gobierno demandado de transferir la sede del tribunal y demostró ante el tribunal que la balanza de acciones favorecía al distrito residencial del demandante y no al Distrito Medio de Pensilvania, donde se había producido la supuesta mala conducta. Al hacerlo, el Honorable William F. Kuntz, II, otorgó gran importancia a las molestias, la carga y los gastos que representaban para el demandante, especialmente teniendo en cuenta sus lesiones físicas y discapacidades, si el caso se trasladaba al Distrito Medio de Pensilvania. El Tribunal también señaló, contrariamente a la posición del Gobierno, que la tecnología reduce al mínimo las molestias que puedan ocasionar los testigos a distancia o las pruebas documentales. En consecuencia, el Tribunal rechazó la moción del Gobierno de transferir la jurisdicción y señaló que «perturbar la elección del foro por parte del demandante no sería lo mejor para la justicia en este caso».

El bufete de abogados Jacob Fuchsberg tiene una amplia experiencia en la investigación y el enjuiciamiento de personas injustas y condiciones carcelarias inconstitucionales y, en particular, la deficiente atención médica en los centros penitenciarios federales, estatales y municipales de todo el país. Nos comprometemos a luchar por las personas que han recibido una atención médica deficiente o que han sufrido violaciones de sus derechos constitucionales. Si usted o alguien que conoce fue víctima de negligencia médica mientras estaba en prisión, comuníquese con nosotros al 212-869-3500.