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Si un ser querido es agredido en Rikers Island, se le niega la atención médica necesaria mientras está encarcelado o fallece bajo custodia, el instinto es llamar a un abogado de inmediato. Sin embargo, la ley de Nueva York impone un plazo estricto de 90 días para tomar esa decisión: cualquier demanda por daños o derechos civiles contra la Ciudad de Nueva York requiere una Notificación de Reclamación jurada, y dejar pasar ese plazo puede acabar con un caso sólido antes incluso de que un juez lo escuche.
Nuestros abogados de derechos civiles de la ciudad de Nueva York en el bufete Jacob D. Fuchsberg Law Firm preparan este documento para las familias afectadas dentro de las cárceles de la ciudad y las guían a través de los pasos de queja que exige cada centro penitenciario.
Respuesta rápida
- Una Notificación de Reclamación debe llegar a la Oficina del Contralor de la Ciudad de Nueva York en un plazo de 90 días a partir del incidente.
- El plazo general para demandar a la Ciudad de Nueva York es de un año y 90 días a partir del incidente.
- El propio proceso de quejas de la cárcel es un requisito independiente y obligatorio que corre paralelamente a ambos plazos.
Qué es una Notificación de Reclamación y por qué las cárceles de la ciudad de Nueva York están cubiertas
Una Notificación de Reclamación es una declaración formal y jurada por escrito que informa a la Ciudad de Nueva York de que alguien tiene la intención de solicitar una indemnización por daños causados por la Ciudad o una de sus agencias. La Ley Municipal General de Nueva York § 50-e exige esta notificación para las demandas por agravio contra corporaciones públicas, y el Código Administrativo de la Ciudad de Nueva York § 7-201 establece que la notificación debe enviarse a la Oficina del Contralor antes de que pueda iniciarse cualquier demanda contra la Ciudad.
Las cárceles de Rikers Island, incluyendo el Anna M. Kross Center, el Robert N. Davoren Complex y el Rose M. Singer Center, junto con cualquier otra instalación administrada por el Departamento de Correccionales de la Ciudad de Nueva York están sujetos a esta norma por ser agencias municipales. Una agresión por parte de un oficial correccional, la denegación de atención médica o una muerte por negligencia bajo custodia requieren este trámite como primer paso, independientemente de cualquier investigación penal sobre el incidente.
El plazo de 90 días comienza el día en que ocurre el incidente
El plazo no deja margen para errores. Según la Ley Municipal General § 50-e(1)(a):
- La mayoría de las reclamaciones: La Notificación de Reclamación debe presentarse dentro de los 90 días posteriores al surgimiento de la reclamación.
- Reclamaciones por muerte por negligencia: Los 90 días comienzan a contar a partir de la fecha en que se nombra a un representante de la sucesión, no desde la fecha del fallecimiento.
Los tribunales aplican este plazo con muy poca flexibilidad. Una notificación tardía generalmente requiere una moción judicial formal solicitando a un juez permiso para presentarla fuera de plazo, y los jueces solo conceden ese permiso en situaciones limitadas, como cuando se demuestra que la Ciudad ya tenía conocimiento real del incidente.
Cómo y dónde presentar una Notificación de Reclamación contra la Ciudad de Nueva York
Una notificación de reclamación en la Ciudad de Nueva York por un incidente en una cárcel municipal debe enviarse a la Oficina del Contralor, no a la instalación en sí ni a la sede del Departamento Correccional. El formulario de notificación de reclamación de la ciudad de Nueva York puede presentarse de tres maneras:
- En línea, a través del sistema eClaim;
- Por entrega personal, en 1 Centre Street, Room 1225, New York, NY 10007;
- Por correo certificado o registrado, a la misma dirección.
El correo electrónico no es un método de notificación aceptado y el formulario debe estar jurado ante notario.
Qué debe contener la notificación de reclamación
- El nombre y la dirección del reclamante, y el nombre y la dirección de un abogado, si interviene alguno;
- La agencia municipal involucrada, como el Departamento Correccional;
- Una descripción de la naturaleza de la reclamación;
- La fecha, el lugar y la forma en que ocurrió la lesión;
- Las lesiones y daños reclamados, en la medida en que se conozcan en el momento de la presentación.
Plazo para presentar una demanda: un año y 90 días
Ley Municipal General § 50-i establece el plazo límite general para demandar a la Ciudad de Nueva York en un año y 90 días a partir de la fecha del incidente, y dicho periodo transcurre independientemente de si la Oficina del Contralor ha resuelto la reclamación o no. Este plazo es mucho más breve que el límite de tres años que se aplica a la mayoría de las demandas por lesiones personales contra particulares en el Estado de Nueva York, y las demandas por homicidio culposo contra la Ciudad deben presentarse en un plazo de dos años a partir del fallecimiento.
Cárceles de la Ciudad de Nueva York frente a prisiones del Estado de Nueva York: se aplican normas diferentes

Esta guía abarca las instalaciones administradas por el Departamento Correccional de la Ciudad de Nueva York, incluidas las cárceles de Rikers Island mencionadas anteriormente. Un conjunto de normas distinto rige las prisiones del Estado de Nueva York, como Sing Sing, Attica o Green Haven, las cuales son operadas por el Departamento de Correcciones y Supervisión Comunitaria del estado y no por la Ciudad.
- Las reclamaciones contra prisiones estatales se tramitan a través del Tribunal de Reclamaciones, no de la Oficina del Contralor de la Ciudad de Nueva York.
- El requisito de notificación proviene de la Sección 10 de la Ley del Tribunal de Reclamaciones, no de la Sección 50-e de la Ley Municipal General.
- La reclamación, o una Notificación de Intención que permite ganar tiempo adicional, debe ser entregada al Fiscal General del Estado de Nueva York, generalmente dentro de los 90 días posteriores al incidente.
Una notificación municipal presentada para una instalación estatal, o viceversa, no cumple con ninguno de los plazos. Cualquier persona que no esté segura de qué sistema se aplica debe confirmar la instalación específica y su operador antes de presentar cualquier documento.
Las instalaciones federales en la ciudad, como el Centro Metropolitano de Detención en Brooklyn y la FCI Otisville, son administradas por la Oficina Federal de Prisiones y siguen sus propios procedimientos bajo la Ley Federal de Reclamaciones por Agravios, en lugar del requisito de Notificación de Reclamación de la Ciudad. Las cárceles de los condados fuera de la ciudad de Nueva York operan bajo sus propias normas locales, pero las reclamaciones contra ellas generalmente siguen estando sujetas a un plazo de notificación de 90 días conforme a la Ley Municipal General.
También debe completar el proceso de quejas de la propia cárcel
El Aviso de Reclamación es solo un requisito y no es el único plazo. Cada centro del Departamento Correccional de la ciudad de Nueva York gestiona su propio sistema interno de quejas, el Programa de Quejas y Solicitudes de los Reclusos, y la persona bajo custodia debe completar ese proceso, incluyendo cualquier apelación, antes de que la mayoría de las demandas por derechos civiles o negligencia médica contra el personal puedan avanzar en los tribunales. La ley federal respalda esto: bajo la Ley de Reforma de Litigios Penitenciarios, una persona bajo custodia generalmente no puede presentar una demanda federal por derechos civiles hasta que se agoten los recursos administrativos disponibles dentro del centro.

Cada centro establece sus propias reglas y no son intercambiables:
- Algunos requieren una presentación escrita a mano, no un formulario mecanografiado;
- Algunos implican múltiples niveles de apelación;
- Algunos requieren que la persona encarcelada obtenga el formulario directamente del personal.
Un caso puede ser desestimado por un tecnicismo, incluso cuando el Aviso de Reclamación se presentó a tiempo, si se omite un paso requerido del proceso de quejas, incluyendo una demanda por homicidio culposo presentada después de que un recluso o detenido fallece bajo custodia.
De qué se encargan nuestros abogados y qué sigue siendo responsabilidad del cliente
Un abogado puede preparar y presentar el Aviso de Reclamación en nombre del cliente. El proceso de quejas dentro de la cárcel funciona de manera diferente: las reglas del centro generalmente requieren que la persona encarcelada presente y firme ese papeleo directamente, y un abogado no puede presentarlo por ellos. El apoyo legal sigue siendo importante en cada etapa. Los abogados de Jacob D. Fuchsberg Law Firm trabajan con los clientes y sus familias para:
- Identificar el procedimiento de quejas aplicable al centro y a la unidad de alojamiento específicos;
- Determinar los formularios correctos, los plazos y el lenguaje que debe incluir la queja;
- Redactar las declaraciones de queja y apelación para que el cliente las copie de su puño y letra y las presente;
- Hacer seguimiento a la respuesta del centro y asesorar sobre el siguiente paso necesario;
- Confirmar que se cumplan todos los requisitos procesales antes de presentar una demanda.
La persona encarcelada presenta la documentación, pero un paso omitido en ese proceso suele ser la razón por la que un caso sólido es desestimado antes del juicio. Prestar mucha atención a ambas vías, el Aviso de Reclamación y la queja, le da a un caso la mayor probabilidad de llegar a los tribunales.
PREGUNTAS MÁS FRECUENTES
Preguntas frecuentes sobre reclamaciones por encarcelamiento en NYC
¿Tengo que asistir a una audiencia antes de poder demandar a la Ciudad?
Es muy probable que sí. Una vez que se presenta una Notificación de Reclamación, la Ciudad puede exigir un interrogatorio bajo juramento conforme a la Ley Municipal General § 50-h, similar a una declaración jurada, antes de que se pueda presentar una demanda.
¿Existen excepciones a estos plazos para casos de abuso sexual sufrido bajo custodia?
La ley de Nueva York establece dos excepciones limitadas. Las demandas por delitos sexuales cometidos contra menores están totalmente exentas del requisito de notificación de reclamación, y cualquier persona que haya sufrido lesiones mientras estaba bajo custodia conserva el beneficio íntegro del plazo de prescripción, además de un periodo adicional de dos años tras su puesta en libertad.
¿Qué sucede si ya ha pasado el plazo de 90 días?
No cumplir con un plazo no significa automáticamente que el caso se cierre, pero traslada al demandante la responsabilidad de solicitar permiso al tribunal para presentar la documentación fuera de término. Los jueces evalúan si la Ciudad ya conocía los hechos, si el retraso afectaría su investigación y si existe una justificación razonable. Incluso si la solicitud es aprobada, esto no extiende el plazo de un año y 90 días para presentar la demanda.
¿El plazo de 90 días se aplica si mi familiar sigue encarcelado?
Sí. El plazo comienza a contar a partir de la fecha del incidente, independientemente del estado de custodia, por lo que la Notificación de Reclamación debe presentarse incluso mientras la persona permanezca bajo custodia del Departamento Correccional. Si un ser querido ha fallecido bajo custodia, el plazo para una demanda por homicidio culposo comienza a contar a partir de la fecha en que se nombra al representante de la sucesión.
¿Puedo presentar una Notificación de Reclamación por mi cuenta, sin un abogado?
La Contraloría acepta reclamaciones de personas sin representación legal, pero el formulario exige un lenguaje jurídico preciso sobre cómo ocurrió el daño, y una descripción vaga o incompleta podría utilizarse en contra de la reclamación más adelante.
¿Te confunden los formularios de reclamación? No tienes que presentarlos a solas.
Las normas, los formularios y los procesos de apelación de cada centro penitenciario son distintos. Nosotros le indicaremos a su familia exactamente qué documentos presentar y cuándo hacerlo.
Póngase en contacto con Jacob D. Fuchsberg Law Firm hoy mismo
Jacob D. Fuchsberg Law Firm ha representado a personas perjudicadas en instalaciones penitenciarias de la ciudad de Nueva York, logrando incluso un acuerdo récord de 3 millones de dólares contra la Oficina Federal de Prisiones por abuso sexual bajo custodia, y puede preparar la Notificación de Reclamación (Notice of Claim) mientras la familia del cliente gestiona el procedimiento de queja exigido por la instalación correspondiente. Si un ser querido sufrió lesiones, fue agredido, se le denegó atención médica o falleció en Rikers Island o en cualquier otra cárcel de NYC, comuníquese de inmediato para proteger su derecho a demandar.










